Serrador Cerdá & Gil-Orozco, Abogados y Consultores S.L.P.

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CRÉDITOS REVOLVING

Los créditos revolving son un medio de pago para financiar la adquisición de bienes. Se caracteriza porque es más fácil de obtener que un préstamo personal y se establece la devolución de dicho importe mediante un plan de pagos aplazado con intereses. Son muchos los consumidores que en su día contrataron uno y que es posible que hoy puedan reclamarlos.

El Tribunal Supremo en sus reiteradas sentencias ha establecido que es posible que puedan considerarse usureros los intereses insertos en el contrato de crédito revolving y ha establecido los requisitos para poder reclamarlo solicitando la nulidad del contrato referido como nulo.

Es por ello por lo que, tras el pronunciamiento del Alto Tribunal, han sido muchos los consumidores que se han interesado por las condiciones que contrataron en su día y, en el caso de ser viable, poder reclamar la devolución de los intereses, las comisiones y los gastos abonados indebidamente.

Desde nuestro despacho ponemos a vuestra disposición el estudio sin compromiso de vuestro caso y, si corresponde, llevar a cabo la reclamación con todas las garantías.

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